Claudia Sheinbaum endurece el control de armas en México: lo que tienes que saber del nuevo decreto

Se vienen cambios fuertes. Claudia Sheinbaum, va a apretar las tuercas en todo lo relacionado con armas de fuego. A través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la mandataria reformó más de 100 artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Donde, básicamente, México va a tener uno de los marcos legales más estrictos en cuanto a armamento… y sí, esto también incluye armas hechizas y de impresión 3D.

Sheinbaum promulga reforma a Ley Federal de Armas de Fuego

Una de las modificaciones más llamativas (y necesarias en estos tiempos de creatividad bélica) es que queda prohibida la fabricación de armas con impresoras 3D, así como las llamadas armas artesanales o hechizas.

También se restringe el uso de vehículos particulares blindados adaptados para portar o disparar armas, así como de ciertos accesorios tácticos: miras térmicas, visores nocturnos, láseres, etcétera, queda bajo lupa y solo se permitirá si está relacionado con caza o tiro deportivo.

Con esta reforma, la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) se convierte en la autoridad máxima del país en todo lo relacionado con armas, municiones y explosivos. Se les otorgó la facultad de autorizar el uso de armas exclusivas para la guerra, pero solo en casos muy específicos y justificados. 

Estos permisos podrán darse a funcionarios del gobierno federal, estatal, municipal o incluso a agentes de seguridad de otros países… eso sí, con base en el principio de reciprocidad.

Por ejemplo: en visitas oficiales de presidentes extranjeros, sus escoltas podrán portar pistolas semiautomáticas de calibre no mayor a .40, y en casos ultra excepcionales, se permitirá otro tipo de armamento… pero solo si la Defensa lo considera necesario. Y ojo, que la Secretaría de Relaciones Exteriores será la que tramite todos esos permisos con mínimo 15 días de anticipación.

Todo un catálogo de armas prohibidas

La lista de lo que queda reservado exclusivamente para las Fuerzas Armadas es larga: granadas, minas, lanzacohetes, ametralladoras calibre .50 o más grandes, cartuchos incendiarios, trazadores, de gas… todo eso queda fuera del alcance civil.

Y si alguien se le ocurre modificar un arma semiautomática para hacerla automática (con aditamentos caseros, impresos o artesanales), también le va a llover con la ley. Además, queda vetado el uso de miras holográficas, visión nocturna o designadores láser, a menos que se trate de tiro deportivo o caza legal.

Hasta las goteras de aire comprimido contarán

La ley también amplía la definición de arma: todo lo que dispare proyectiles con cañón, ya sea por pólvora, gas o aire comprimido, y que genere una energía superior a 140 Joules, entra en esta categoría. Así que incluso esos rifles “de postas” pueden ser considerados armas de fuego.


También se pide a gobiernos locales y estatales hacer campañas educativas de cultura de paz y desarme. Estas campañas deberán incluir información sobre explosivos, pirotecnia y sustancias químicas, así como los riesgos de utilizar armas.


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