¿Qué pasará con el INE tras la renuncia Guadalupe Taddei? Así se elegiría a su relevo

La renuncia de Guadalupe Taddei a la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE) abriría un proceso para definir quién quedaría al frente del organismo y cómo se cubriría la vacante de manera definitiva.

Si la renuncia se formalizara el 26 de octubre y surtiera efectos, el instituto tendría que activar un mecanismo de transición previsto en la legislación electoral. El procedimiento contempla una solución inmediata para mantener la conducción del Consejo General y, posteriormente, la designación de quien concluiría el periodo de Taddei, que termina en abril de 2032.

La salida de la consejera presidenta no significaría que el INE dejara de operar. La normativa establece un mecanismo para garantizar la continuidad de sus funciones mientras se resuelve el nombramiento definitivo.

¿Quién ocuparía provisionalmente la presidencia del INE?

El primer paso correspondería al Consejo General del instituto. Ante una ausencia definitiva de la persona titular de la presidencia, las consejerías electorales deben elegir de entre sus integrantes a quien asumirá el cargo de manera provisional y comunicar la decisión a la Cámara de Diputados.

Este procedimiento está contemplado en el artículo 41, numeral 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Entre las personas que podrían asumir esa responsabilidad se encuentran las diez consejerías restantes:

  • Arturo Castillo Loza
  • Arturo Manuel Chávez López
  • Blanca Yassahara Cruz García
  • Frida Denisse Gómez Puga
  • Jorge Montaño Ventura
  • José Martín Fernando Faz Mora
  • Carla Astrid Humphrey Jordan
  • Norma Irene De La Cruz Magaña
  • Rita Bell López Vences
  • Uuc-kib Espadas Ancona

La persona seleccionada asumiría temporalmente la conducción del Consejo General, pero no obtendría automáticamente la titularidad definitiva. La presidencia provisional tiene como objetivo mantener la operación del instituto mientras avanza el proceso de sustitución.

Cámara de Diputados tendría la última palabra en el nombramiento definitivo

La segunda etapa recaería en la Cámara de Diputados, responsable de designar a la persona que cubriría la vacante.

El procedimiento constitucional contempla una convocatoria pública para recibir aspirantes y la intervención de un comité de evaluación integrado por cinco personas: tres designadas por la Cámara de Diputados y dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Después de revisar los perfiles, el comité debe seleccionar a las personas mejor evaluadas para que continúe el proceso de elección.

La designación requiere el voto de las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes. Si no se concreta el nombramiento dentro de los plazos correspondientes, la Constitución prevé mecanismos sucesivos de insaculación: primero en el Pleno de la Cámara de Diputados y, si tampoco se resuelve la vacante, en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Estos mecanismos buscan evitar que la falta de acuerdos políticos deje indefinidamente vacante la presidencia del organismo electoral.

El relevo de Taddei concluiría el periodo en 2032

Otro punto relevante es la duración del encargo. La persona designada no comenzaría un nuevo periodo de nueve años, sino que ocuparía la presidencia durante el tiempo restante del nombramiento de Guadalupe Taddei, que concluye en abril de 2032.

Taddei asumió la presidencia del INE el 3 de abril de 2023. La Constitución establece que, cuando la falta absoluta de la persona titular ocurre durante los primeros seis años de su encargo, debe elegirse a alguien que concluya el periodo pendiente.

Por ello, una eventual renuncia implicaría dos decisiones distintas: primero, resolver quién encabezaría provisionalmente el Consejo General y, después, completar el procedimiento constitucional para elegir a la persona que permanecería en el cargo hasta 2032.

Por ahora, el escenario descrito depende de que la renuncia se presente formalmente y surta efectos. Mientras eso no ocurra, los pasos señalados corresponden a las consecuencias legales de una eventual vacante, no a un cambio confirmado en la presidencia del INE.


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